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NOVEDAD!!!! El dictamen de nuestros expertos: el medio más económico de solución de controversias previo a la vía jurisdiccional

Reunidos

El Proyecto de Ley de Eficiencia Procesal ya está en fase de tramitación en el Congreso de los Diputados. La Ley de medidas de eficiencia procesal del servicio público de justicia pretende descargar a los Juzgados y Tribunales de la gran cantidad de asuntos que se tramitan y que se van acumulando año tras año en España, país con un índice de litigiosidad de los mayores de Europa.

PDF de la ley PDF ley de medidas de eficiencia procesal

En efecto, tradicionalmente la Justicia española ha sido un servicio público pobremente dotado presupuestariamente, teniendo como consecuencia - también por otros factores estructurales- el ser lento y padecer un continuo colapso. Así las cosas, se puede afirmar sin temor a dudas que nuestra administración de justicia para nada da satisfacción a las necesidades de los ciudadanos a la hora de obtener resoluciones judiciales de una manera rápida y efectiva, sobre todo, en algunos órdenes como el laboral, donde actualmente un despido puede tardar en tramitarse 2 años e incluso más.

Con este proyecto de ley se pretende descargar a la administración de justicia y lo decimos claramente y sin tapujos: a costa del bolsillo de los ciudadanos, pues establece como requisito esencial para admitir a trámite las reclamaciones y/o demandas de los ciudadanos en asuntos civiles y mercantiles acreditar ante el juzgado haber intentado llegar a un acuerdo con la parte contraria para evitar el pleito. Sin ese documento, si se promulga la Ley, ya no se podrá tramitar ningún procedimiento.

Varios sistemas para lograr esos acuerdos

El proyecto prevé varios sistemas para lograr esos acuerdos y en el caso de que ello no sea posible, hay que demostrar documentalmemente ante el juzgado el haberlo intentado por la parte que necesita demandar a otra para que se haga justicia sobre su derecho (art.4).

Entre los denominados medios alternativos de solución de controversias, en el artículo 17 se recoge la figura de la opinión del experto independiente, quien emitirá un dictamen no vinculante respecto a la materia objeto de conflicto. En el caso de que las partes estén conforme con el dictamen, las conclusiones del mismo se convertirán en el acuerdo extrajudicial.

En el caso concreto de los clientes de Negligencias de abogados que finalmente quieran reclamar por un error de su abogado, podran dirigirse a la compañía de seguros de su Letrado proponiendo cómo solución extrajudicial el dictamen de uno de nuestros expertos.

¿Porque nuestro servicio es el más económico?

Entre los distintos métodos alternativos de resolución de controversias recogidos en el Proyecto, el dictamen de experto es sin lugar a dudas es el más económico puesto que en los demás métodos para intentar llegar a un acuerdo con la otra parte, en la inmensa mayoría de los casos va a ser necesaria la intervención de un abogado (entre las propias partes, a través de la mediación o conciliación etcétera), por el contrario en el dictamen del experto no se necesita la intervención de Abogados siendo que en este caso el cliente de un Letrado que quiera reclamar a la compañía de seguros puede hacerlo directamente a través de nuestra web liderando el propio cliente el proceso: bien para llegar a un acuerdo extrajudicial sobre el contenido del dictamen o directamente obtener el documento que demuestre haberlo intentado y tras ello proceder judicialmente contra el abogado y/o su. compañía de seguros.

Para terminar y en honor a la verdad, hay que reconocer que el proyecto de Ley sí contiene un aspecto positivo para el tipo de clientes de Negligencias de abogados por cuánto que al ser la parte contraria de éstos una compañía de seguros, la obligación de intentar llegar a un acuerdo o el demostrar documentalmente haberlo intentado, tiene como aspecto positivo el hecho de que actualmente las compañías de seguros no están llegando a acuerdos extrajudiciales en este tipo de reclamaciones cuando el abogado no reconoce su responsabilidad, de forma que normalmente no da respuesta al cliente.

Ahora al obligarse la aportación del documento ante el juzgado en el caso de no llegarse acuerdo o de no haberse contestado por la parte contraria el requerimiento para llegar a ese acuerdo se establecen unas consecuencias perjudiciales para esa parte a imponer por el juez, lo cual obligará a las compañías de seguros a llegar a más soluciones extrajudiciales en evitación de procedimientos judiciales en los que probablemente - dependiendo del contenido dictamen del experto- se dará la razón al cliente perjudicado de un abogado, condenándose en costas a la aseguradora que no ha llegado a un acuerdo o ni siquiera ha contestado al requerimiento.

Redactado a 06 marzo, 2023